Tutela por caso de VBG en la UdeA llega a la Corte Constitucional
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8 de abril de 2025.
​La Sala Tercera de Revisión de la Corte estudia una tutela interpuesta por la Colectiva Justicia Mujer. En ella se pide la protección de los derechos de cuatro estudiantes víctimas de violencias basadas en género (VBG) en la Universidad de Antioquia ante la falta de diligencia y enfoque de género por parte de la Procuraduría. La decisión que tome la Corte será decisiva para tratar este caso y otros relacionados con las VBG en los entornos universitarios.

Carteles en el bloque de la rectoría de la UdeA durante la crisis por VBG de 2024. Foto: Daniel Gómez.
La crisis por violencias basadas en género (VBG) en la Universidad de Antioquia parece estar lejos de terminar. La administración ha guardado silencio sobre el asunto en los últimos meses y la crisis económica por la que atraviesa la Universidad ha opacado una urgencia que, además, tardó tantos años en discutirse. Sin embargo, uno de los casos que salió a la luz durante la emergencia por VBG en 2022 está en un punto decisivo y podría sentar un importante precedente jurídico.
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La Colectiva Justicia Mujer, corporación que ejercía la representación de las víctimas mediante la Ruta Violeta de la UdeA, interpuso una tutela contra la Procuraduría por la vulneración de cuatro derechos: la debida diligencia, el debido proceso, el acceso a la justicia y el acceso a una vida libre de violencias, cuando tenía en su poder un caso de acoso sexual y acceso carnal violento a cuatro estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas presuntamente cometidos por parte del, en ese entonces, docente de cátedra Sergio Andrés Giraldo Galeano.
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Esta tutela está en la Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, donde la magistrada Diana Fajardo, en compañía de los magistrados Jorge Enrique Ibáñez y Vladimir Fernández, deben tomar una decisión sobre la actuación de la Procuraduría de Instrucción Regional de Antioquia frente al caso. La triada de magistrados tiene plazo hasta el 14 de mayo para decidir.
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“Para nosotras es un orgullo que la Corte nos haya seleccionado esa tutela, porque consideramos que estamos siendo por lo menos escuchadas por el máximo órgano protector de la Constitución. Guardamos la esperanza de que la corte ampare los derechos de nuestras representadas, porque consideramos que se ejerció una violencia institucional”, expresó Kenia Gómez, abogada representante de las víctimas e integrante de la Colectiva Justicia Mujer.
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Los hechos investigados ocurrieron durante 2017 y 2018, cuando el docente, que para entonces dictaba un curso de los primeros semestres del pregrado en Derecho, presuntamente acosó y abusó de cuatro de sus estudiantes, entre ellas una menor de edad. En 2022, cuando se declaró la emergencia por VBG en la Universidad, Giraldo fue acusado en una Asamblea Multiestamentaria de Mujeres y Disidencias Sexuales.
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El caso llegó a la Unidad de Asuntos Disciplinarios (UAD) de la Universidad en agosto de 2022, y en abril de 2023, cuando el proceso comenzó a avanzar, el presunto agresor recusó a la instructora por no permitirle interrogar a las cuatro víctimas, en otras palabras, pidió apartarla del caso porque cuestionaba su imparcialidad e idoneidad. Además, solicitó el poder preferente de la Procuraduría, que es una facultad que tiene esta entidad para iniciar, continuar o remitir investigaciones contra cualquier servidor público.
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“Él pretendía que la instructora, que tiene una clara lectura con enfoque género, perdiera competencia para seguir conociendo el proceso y, además, sacarlo de la esfera universitaria, trasladarlo a la Procuraduría en donde probablemente tenía aliados estratégicos que iban a facilitar lo que hoy ha sucedido y es que el proceso esté quieto, inmovilizado, sin un avance procesal”, explicó Angie Serrato, la otra abogada representante de las víctimas.
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Entonces, el proceso pasó a la Procuraduría de Instrucción Regional de Antioquia, donde después de casi dos años no ha tenido ningún avance. Además, esta entidad no ha informado a las víctimas ni a sus representantes acerca del proceso, a excepción de la remisión de este a la Procuraduría Mixta 1 para la Defensa de los Derechos Humanos en Bogotá.
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Luego de solicitar información en seis ocasiones, visitar sin éxito el despacho de la Procuraduría en busca de una respuesta y cumplirse el plazo razonable —según Angie Serrato, es un principio que se aplica en casos de VBG, es de máximo 18 meses y no debe incurrir en dilaciones injustificadas—, Justicia Mujer decidió interponer una tutela por la vulneración de los derechos mencionados.
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La tutela pasó en primera instancia por un juzgado penal cuya respuesta fue que las VBG no constituyen una violación a los derechos humanos y que las demoras administrativas no constituyen una violación al acceso a la justicia y al debido proceso. En segunda instancia pasó por el Tribunal Superior de Medellín, donde no se refirieron a los argumentos del primer fallo y además atribuyeron la falta de diligencia por parte de la Procuraduría a una sobrecarga de trabajo.
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Ante la insatisfacción con los fallos de ambas instancias y teniendo en cuenta que hay riesgo de prescripción de uno de los casos (podría cerrarse por no haberse dado una resolución en un tiempo mínimo determinado), la Colectiva emprendió acciones para que la tutela fuera seleccionada por la Corte Constitucional, y lo logró. El 31 de enero de 2025, la Sala de Selección 1 de la Corte seleccionó la tutela de la Colectiva Justicia Mujer contra la Procuraduría para estudiarla y emitir un fallo respecto a lo que busca la tutela y a lo que respondieron antes los juzgados de primera y segunda instancia.
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Esta es la primera vez que llega a la Corte un asunto de derecho disciplinario relacionado con violencias basadas en género ante la Procuraduría General de la Nación. Por eso, lo que decida la Corte Constitucional marcará un precedente sobre cómo deberán tramitar esta entidad y las demás, incluyendo las universidades, los casos de VBG.
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“Necesitamos que la Corte Constitucional se pronuncie sobre medidas que restauren los derechos que han sido vulnerados y además, emita una decisión que tenga un efecto correctivo respecto a cómo se están adelantando las investigaciones disciplinarias por actos de violencia sexual en el contexto universitario”, dijo Serrato.
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En resumen, los argumentos de Justicia Mujer frente al caso de este docente son:
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1. La falta de enfoque de género de la Procuraduría expresada en la mora administrativa, la falta de debida diligencia y la consecuente impunidad se traducen en violencia institucional.
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2. El principio de justicia restaurativa debe aplicarse durante todo el proceso de acceso a la justicia por VBG en los contextos universitarios. No solo la sanción debe ser reparadora, sino que todo el proceso debe brindar las garantías para la reparación.
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3. La Procuraduría ejerce el poder preferente para brindar garantías de justicia, pero incurre en dilaciones injustificadas, lo que beneficia a los agresores.
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4. Que el proceso se encuentre en una procuraduría con sede en Bogotá (única acción frente al proceso) dificulta la participación de las víctimas y sus representantes, teniendo en cuenta que todas se encuentran en Medellín.
Además, la Colectiva Justicia Mujer le reclama a la Universidad de Antioquia el pago de 88 millones de pesos, costos que la corporación asumió para no interrumpir la atención brindada hace dos años a las víctimas durante su relación contractual con la Universidad.
Las abogadas y las víctimas esperan que luego de que la Corte emita su decisión la Procuraduría siga avanzando en cada una de las etapas procesales e investigando el hecho para verificar si en efecto el docente cometió la conducta de la que se le acusa.